Monopolio
del poder político, fuente de corrupción
Los ciudadanos que protestan en las plazas contra la corrupción y la
impunidad en Guatemala, comienzan a reclamar reformas de fondo a la Ley
Electoral y de Partidos Políticos, que permitan tener un nuevo escenario para
las elecciones de 2019, donde reine el perfil de candidatos idóneos para los
cargos de elección popular desde alcaldes, síndicos y concejales, pasando por candidatos
los diputados, hasta la fórmula presidencial.
Por: Ernesto
Sitamul
Una parte de tales reformas debe enfocarse en las atribuciones del Comité
Ejecutivo Nacional (Artículo 29, inciso “d”), que le
permite al partido postular candidatos en los 23 distritos electorales, aunque
no tengan organización partidaria reconocida por el Tribunal Supremo Electoral.
Los partidos son considerados minimalistas, porque la mayoría solo
cuenta con la organización territorial mínima que exige la Ley; por lo tanto,
es injusto que todavía se les otorgue el privilegio de inscribir candidatos,
sin que tengan base partidaria, lo que deviene en
negocios sucios, porque al no tener estructuras territoriales prácticamente ponen
a la venta -al mejor postor- dichas candidaturas, sean para diputados o para
alcaldes.
Pero este tema no aparece en las propuestas que reforma que actualmente
se discuten en la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso de la República.
Por supuesto, se trata de una reforma que no es bien
vista por los dueños y financistas de los partidos políticos, pero la
ciudadanía consciente e informada y los centros académicos sí pueden incidir para
que este tema sea incluido en el paquete de reformas.
Además de cerrar un grifo contra la corrupción y la cooptación del
Estado, esta reforma reducirá la cantidad de candidatos a diputados y
corporaciones municipales, al tiempo que los partidos
se concentrarían solo en los distritos y municipios donde tengan organización
legal, lo cual favorecería la identidad política de sus votantes; es
decir, que los votantes de un departamento conozcan a los candidatos a diputados,
y con la debida información de sus perfiles y trayectorias puedan decidir su
voto.
NO a
la reelección
Este tema tampoco es del agrado de los dueños y financistas de los
partidos políticos. En las redes sociales ha cobrado fuerza el tema de la
regulación a la reelección. La norma fundamental de reelección de los diputados
figura en la Constitución Política de la República (Artículo 157) y en el caso
de los alcaldes municipales (Artículo 254).
Cabe advertir que en ambos casos no expresa que la
reelección es de forma indefinida; por ello, admite que se pueda regular en la
Ley Electoral y de Partidos Políticos, que, además tiene rango constitucional. Al respecto, el diputado constituyente, Víctor
Hugo Godoy me confirmó que, efectivamente, si es posible regular la reelección.
En las redes sociales se menciona, dos períodos consecutivos, o dos
períodos alternos, o que el diputado o alcalde que pretenda la reelección
inmediata renuncie con cierto tiempo de antelación a las elecciones. Mientras Acción Ciudadana propone que la reelección de
diputados y concejos municipales, no sea de manera inmediata, sino después de
un periodo de por medio, según se desprende de un documento que entregó el
pasado 28 de septiembre, a los magistrados del Tribunal Supremo Electoral.
En el caso de los diputados, los internautas también mencionan eliminar
el Listado Nacional, reducir el Congreso a dos diputados por departamento,
también que se creen 160 distritos, para que haya un diputado por cada uno, y
que se abran las listas de candidatos para que el voto sea uninominal.
Antigua Guatemala, 29 de septiembre de 2017.