Una de cal y una de arena

Nuevas regulaciones a labor fiscalizadora de diputados
Ernesto Sitamul

La Comisión de Apoyo Técnico ha emitido el dictamen 03-2017 sobre la iniciativa que pretende reformar varios artículos y agregar otros a la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, donde destacan regulaciones a la fiscalización que realizan los diputados a funcionarios públicos, lo cual me parece positivo, pero debo cuestionar que los diputados de esa comisión están proponiendo que las prestaciones económicas a las que tienen derecho se hagan sobre la totalidad de ingresos y no solo de la base salarial, como es en la actualidad.
El quórum de una Comisión de Trabajo del Congreso para recibir declaraciones de funcionarios públicos será de 25% de sus integrantes, aunque en mi opinión debiera ser del 50%, puesto que esto supondría el verdadero interés de la mayoría de los diputados, en torno de temas de su incumbencia. Como está la propuesta es una forma de congraciarse a los diputados faltistas.


Con estas reformas se terminarían las citaciones de diputados en forma individual, salvo que se trate de un bloque legislativo, integrado por un solo diputado. Para citar a funcionarios públicos fuera de las instalaciones del Congreso, la Comisión o el bloque legislativo requieren la autorización de la Junta Directiva. Las Comisiones de Trabajo solo podrán citar a funcionarios responsables de las materias de su competencia.
Ha sido práctica abusiva que algunos diputados se valgan de su función fiscalizadora para abordar temas que no son competencia de la Comisión. 
Cuando un partido sea cancelado por el Tribunal Supremo Electoral, los diputados de ese partido que tengan funciones de presidente de Comisión, o miembro de la Junta Directiva, conservarían esos privilegios hasta finalizar el período legislativo. Además, se le permitiría que el diputado pueda integrarse a otro partido por una única vez, dentro de los 30 días siguientes a que la resolución de la autoridad electoral sea definitiva.




En el artículo 55 de la Ley Orgánica del Legislativo, literal “b” define la remuneración integral única, como el monto total de los ingresos mensuales que percibe un diputado, y sobre esa cantidad de les otorgarán las prestaciones económicas como el bono 14 y el aguinaldo. En la actualidad, esas prestaciones se calculan sobre el salario base, que es de Q.9,500 mensuales. Un diputado raso percibe alrededor de Q.30 mil al mes.
Lo anterior nos recuerda el reciente arreglo en el pacto colectivo con los empleados, donde el Congreso es injusto e irresponsable con la sociedad guatemalteca, al promover excesivos privilegios, al decretar que las prestaciones económicas se éstos serán sobre el monto total de sus ingresos mensuales.
Con las reformas a la Ley del Congreso, los diputados otra vez se distancian del pueblo, recetándose ese jugoso aumento a sus ingresos.
Guatemala, 21 de agosto de 2017.