INFORME CUATRIMESTRAL DE INGRESOS Y GASTOS


Municipalidades tienen obligación de informar

De acuerdo con el Código Municipal (Art. 135) Es obligación del alcalde/sa informar cada cuatro meses a los miembros de la corporación municipal sobre la ejecución del presupuesto de ingresos y egresos de su municipio (…).
Y para hacer posible la auditoría social, dicho informe será compartido con:
  1. * Consejo Municipal de Desarrollo (Comude).
  2. *Consejos Comunitarios de Desarrollo (Cocodes)
  3. *Alcaldes auxiliares o comunitarios
  4. *Vecinos del municipio, utilizando todos los medios a su alance.

Este informe debe presentarse en enero, mayo y SEPTIEMBRE.
A la obligatoriedad del alcalde/sa corresponde el derecho de los ciudadanos a estar informados, en forma DIRECTA o por medio de los Cocodes. El derecho a ser informado figura en el Artículo 60 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República. 
Con fines de transparencia fiscal, el alcalde/sa también tiene la obligación de enviar el informe cuatrimestral a las siguientes instituciones:
§  Ministerio de Finanzas Públicas
§  Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia
San Juan Gascón, Antigua Guatemala, 17 de septiembre de 2016.

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