Municipalidades tienen obligación de informar
De acuerdo con el Código Municipal (Art.
135) Es obligación del alcalde/sa informar cada cuatro meses a los miembros de la
corporación municipal sobre la
ejecución del presupuesto de ingresos y egresos de su municipio (…).
Y para hacer posible la auditoría social, dicho informe será
compartido con:
- * Consejo Municipal de Desarrollo (Comude).
- *Consejos Comunitarios de Desarrollo (Cocodes)
- *Alcaldes auxiliares o comunitarios
- *Vecinos del municipio, utilizando todos los medios a su alance.
Este informe debe presentarse en enero, mayo y SEPTIEMBRE.
A la obligatoriedad del alcalde/sa
corresponde el derecho de los ciudadanos
a estar informados, en forma DIRECTA o por medio de los Cocodes. El derecho a
ser informado figura en el Artículo 60 del Código Municipal, Decreto
12-2002 del Congreso de la República.
Con
fines de transparencia fiscal, el alcalde/sa también tiene la
obligación de enviar el informe cuatrimestral a las siguientes
instituciones:
§
Ministerio
de Finanzas Públicas
§
Secretaría
de Planificación y Programación de la Presidencia
San Juan Gascón, Antigua Guatemala, 17
de septiembre de 2016.