CONFIESAN HABER FALSIFICADO RESIDENCIA ELECTORAL

Tres condenados por cometer delito electoral
Ernesto Sitamul

Un hombre y dos mujeres fueron condenados a tres años de prisión conmutables por haber falsificado datos de su residencia electoral para las elecciones de 2015, según la sentencia proferida por el Juzgado de Primera Instancia Penal de Chiquimula.
Se trata de Adán Ramírez López, María Julia González y Clemencia Pérez, quienes fueron acusadas por el Ministerio Público de haber cometido el delito de falsedad ideológica con propósito electoral y perjurio[1], al ofrecer datos falsos para quedar inscritos en el padrón electoral de Quezaltepeque, Chiquimula.
Por medio de un procedimiento abreviado, los sentenciados reconocieron haber cometido ese delito, por el cual deberán pagar Q5 mil 475 cada uno, y por ser una pena menor a cinco años no amerita prisión.
Nueva regulación
Para las elecciones de 2015, el Tribunal Supremo Electoral suspendió temporalmente parte del artículo 5 del Reglamento de la Ley Electoral, con el propósito de prevenir prácticas inapropiadas de alcaldes que, en el afán de conseguir su reelección, inducían a cometer este delito electoral.
Con la reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, Decreto 26-2016, esta normativa se elevó a la categoría de ley, al agregar dos párrafos al artículo 13, uno sobre el delito que se comete cuando el ciudadano falsifica sus datos de residencia electoral, y otro, que establece que los cambios de residencia electoral solo se podrán realizar ante el Registro de Ciudadanos un año antes de la convocatoria a elecciones generales.
De acuerdo con el artículo 190 de la LEPP, la convocatoria a elecciones generales se llevará a cabo la segunda o tercera de enero y las elecciones tendrán lugar un domingo de junio.  Con esas modificaciones se reduce el tiempo para cambio de residencia electoral.
Aldea El Rejón, Sumpango, Sacz. 17 de julio de 2016.



[1] Prensa Libre, pág. 4, Guatemala, 12 de julio de 2016.