¿Invertiría
usted en tierra ajena?
Es normal que uno invierta en tierra
propia, pero no en tierra ajena. La razón es obvia; sin embargo, pareciera que
esa obviedad no lo es cuando se trata de funcionarios de gobierno (central y municipal)que administran
recursos públicos, los cuales deben invertir en proyectos de
interés colectivo.
El asunto sale a colación, a propósito
del informe de la Contraloría General de Cuentas, período fiscal 2011, donde
aparece que los Consejos Departamentales de Desarrollo (Codedes) de Totonicapán
y Jalapa realizaron gastos millonarios al construir obra física en terrenos de
propiedad privada. Siendo los Codedes parte de un sistema, la responsabilidad
que ese hecho irregular se extiende a otros niveles inferiores de dicho
sistema. Según el caso, puede abarcar a funcionarios del Consejo Municipal de
Desarrollo y del Consejo Comunitario, en cuya jurisdicción territorial se
construya un edificio escolar o un
parque recreativo, por ejemplo.
La ley de consejos de desarrollo
establece que la priorización de abajo hacia arriba, es decir, el proceso de
formulación de proyectos comienza en el seno de la comunidad; luego se eleva
por medio del Cocodes al Consejo Municipal de Desarrollo, donde hay una especie
de “apretacanuto”, puesto que allí se presentan los proyectos priorizados por
todos los Cocodes de un municipio. Un tercer paso es elevar el grupo de
proyectos por municipio al Consejo Departamental; luego sufre otro proceso en
el Consejo Regional y, finalmente, en teoría. se hace una priorización de
proyectos a nivel de país en el Consejo Nacional de Desarrollo.
Para que un proyecto comunitario sea
tramitado en el Comudes debe contar con la solicitud y el respaldo de la
comunidad, por medio del Órgano de Coordinación del respectivo Cocodes. Si se trata
de una obra, como la construcción de una escuela, los solicitantes deben contar
con la documentación legal y fehaciente de que el inmueble ha sido donado a la
municipalidad o es de su legítima propiedad. Caso contrario, se trataría de un
hecho irregular, con consecuencias perjudiciales para el erario público.
Ha habido casos de alcaldes municipales
que han retorcido procedimientos de buenas prácticas administrativas,
organizando Cocodes a su medida, y para un tiempo corto, solo con el objetivo
de conseguir las firmas en una solicitud ya preparada. En la práctica esos
Cocodes no tienen ninguna representación comunitaria, ni aparecen en la
ejecución del proyecto para realizar una de sus funciones, como es la auditoría
social.
Sin embargo, la firma compromete a esas
personas que se prestan al juego sucio de autoridades municipales, por tanto,
se les debería deducir responsabilidades cuando ocurran casos como construir un
puesto de salud en tierra ajena. Los casos identificados por la CGC ameritan
una denuncia penal, para que se procese judicialmente a los responsables. La aplicación
ciega de la justicia puede contribuir a modificar positivamente la conducta impropia de
autoridades y funcionarios públicos.