Independencia del TSE, a examen en las elecciones de 2023

Riesgosa reforma electoral en medio de crisis política

Ernesto Sitamul

Guatemala debe celebrar elecciones generales a mediados del año 2023, que incluyen presidente, vicepresidente de la República, 160 diputados entre distritales y por lista nacional, diputados al Parlamento Centroamericano, así como alcaldes, síndicos y concejales en 340 comunas. El período de gobierno es de cuatro años y el responsable de organizar los comicios es el Tribunal Supremo Electoral (TSE) que deberá convocar durante la segunda o tercera semana del próximo año, como lo manda la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Lepp).


A pesar de la proximidad de dicha convocatoria, la Comisión Específica de Asuntos Electorales del Congreso de la República presentó el 31 de agosto pasado, dictamen favorable a una iniciativa de reformas al estatuto electoral, con 50 artículos, que estarían basados en una propuesta que elaboró la autoridad electoral. En general, el contenido del flamante dictamen no ha recibido la crítica favorable de entendidos en la materia; incluso, hay opiniones de que se trata de una reforma regresiva. Pero antes, quiero mencionar tres cuestiones sobre la realidad actual del país, que conforman el entorno de la próxima contienda electoral.

Guatemala vive una crisis social y política por el progresivo deterioro de la institucionalidad democrática, acelerada tras la salida de la Comisión Internacional Contra la Impunidad Guatemala (CICIG, 2017). Ahora es evidente el alineamiento de los organismos del Estado y la cooptación de la institucionalidad pública, por parte de las élites económica, militar y política, y con un actor cada vez más influyente: redes criminales. Se ha perdido el sistema de pesos y contrapesos y la persecución penal se endereza especialmente contra políticos, activistas, operadores de justicia y periodistas que resultan incómodos al régimen.

A esta encrucijada no es ajena el Tribunal Supremo Electoral (TSE), quien tiene el mandato y el reto de fortalecer la democracia electoral, actuando con total independencia de los diputados y partidos que los eligieron en el Congreso. El TSE tiene que dar certeza jurídica, no solo el día de los comicios, sino especialmente en el proceso de inscripción de candidatos. Ningún candidato que cumpla los requisitos legales debe quedarse fuera de la competencia, por decisiones caprichosas o politiqueras, o por criminalización espuria.

Y un tercer elemento de este entorno es la novatez de la actual magistratura. La mayoría son nuevos en estas lides, a excepción de la magistrada Blanca Alfaro, quien ha sido alcaldesa y candidata vicepresidencial. Además, esta magistratura desmochó importantes cuadros tecnocráticos, con amplia experiencia en procesos electorales, lo que hoy constituiría una fortaleza.

De esa cuenta, cualquier reforma, por mínima que sea, es riesgosa, porque pondría en serios aprietos al tribunal electoral, y sumaría un factor de riesgo en el manejo correcto, certero y deseable del proceso electoral.

Las espinas en el camino

Las reformas a la Ley Electoral y de Partidos de Guatemala (2016) establecieron en su Artículo 256 Bis, la creación de una Comisión de Actualización y Modernización Electoral (Came) para revisar la experiencia al finalizar un proceso electoral (cada cuatro años), a efecto de considerar posibles reformas, para mejorar el funcionamiento del sistema electoral y de partidos políticos.

La constitución de dicha comisión es muy interesante porque permite una amplia participación de actores académicos, sociales y políticos, y porque también establece que, llegado el caso de que la autoridad electoral presente una iniciativa de reformas, ésta debe ser conocida por el Congreso antes que finalice el primer período de sesiones. Por lo tanto, este hecho tendría que haber ocurrido en el mes de mayo de 2020, pero lamentablemente este mandato no se cumplió.

La magistratura electoral tomó posesión el 20 de marzo de 2020, por lo que no estaba en condiciones de darle trámite a una propuesta de reformas, sin conocer a fondo el trabajo de la Comisión de Actualización y Modernización, que les presentó el ex director ejecutivo del Instituto Electoral, Edie Fernández. Fue hasta el 18 de febrero de 2021, que el TSE presentó una iniciativa de ley a la Dirección Legislativa del Congreso de la República.

Un dictamen cuesta arriba

Un mes después, el pleno la conoció y la trasladó para su estudio y dictamen a la Comisión de Asuntos Electorales. Ésta no pudo agilizar su trabajo, por falta de entendimiento y de voluntad política entre sus integrantes, provenientes de varios partidos políticos. Cada  año, el pleno elige presidencias de comisiones legislativas y por lo general suele haber cambios, lo que repercute en el ritmo del trabajo interno. En enero de este año asumió ese cargo el diputado del partido Compromiso, Renovación y Orden (Creo) José Alberto Rivera Nájera, quien ha reconocido públicamente las vicisitudes para llegar al citado dictamen. Solo para la firma de los diputados hubo que esperar un tiempo inusual.

Después de más de un año de tener en sus manos la iniciativa, algunos diputados de esa comisión todavía solicitaron más tiempo para poder presentar sus observaciones y propuestas, tiempo que generosamente les fue concedido por el presidente de la misma. Pero resulta que terminó la prórroga y los dichosos diputados “ni vistos ni oídos”.

Finalmente, la presidencia de la Comisión recabó la firma de la mayoría de diputados y así pudo entregarla a la Dirección Legislativa, para que sea considerada en la agenda del pleno. De acuerdo con publicaciones de prensa, esta comisión está integrada por 22 diputados, de los cuales 10 no firmaron. Sin embargo, el boletín de prensa indica que son 21 miembros, mientras que en la página oficial (ambos del Congreso) solo aparecen 20 integrantes.

En conclusión, el primero que falló para cumplir el mandato establecido en el Artículo 256 Bis de la Ley Electoral fue la magistratura del Tribunal Electoral. Sin embargo, el trámite pudo haber avanzado en el Congreso, pero es obvio que no hubo voluntad política, ni compromiso para discutir con seriedad las reformas de fondo que necesita la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Lepp).

Por último, es importante mencionar que normativa es rango constitucional. Para aprobarla en el Congreso se necesita el voto favorable de las dos terceras partes del número de diputados (160). Además, cuando la iniciativa de ley haya sido aprobada en tercera lectura, el parlamento deberá recabar la opinión de la Corte de Constitucionalidad. Incluso, cuando en la discusión por artículos se introduzcan cambios, nuevamente se deberá contar con el dictamen del tribunal constitucional, a la luz del Artículo 175 de la Carta Magna.

Un dictamen cuestionado

La opinión pública no ha recibido con beneplácito la iniciativa de reformas a la Lepp, considerándola, por un lado, insustancial, con reformas de forma y por otro lado, hasta regresiva, porque flexibiliza los controles a la fiscalización de los recursos que manejan los partidos, tanto público como privados. Lo que ha merecido especial atención es lo relativo al voto preferente, para que en lugar de que la ciudadanía vote por el combo o lista cerrada que imponen los partidos, el elector pueda escoger por nombre y apellido, hasta 3. Algo es algo, como dicen los patojos.

En su momento, la CICIG, realizó un estudio sobre el financiamiento a la política y las campañas electorales, donde concluyó que el pecado original de la política guatemalteca es el financiamiento privado. La ley electoral vigente hace responsables por el manejo de los recursos privados que recibe un partido a los secretarios generales, nacional, departamental y municipal, pero la reforma propuesta despersonaliza esa responsabilidad, cuando solo cita partidos políticos y comités cívicos electorales.

Guatemala, 18 de septiembre de 2022. Imagen tomada de Google.