ALCALDES SE APODERAN DE COCODES

Cocodes se prestan a juegos sucios
Ernesto Sitamul

Los Consejos Departamentales de Desarrollo solo podrán reprogramar obras para el presente año, si cuentan con el aval de los consejos comunitarios que vayan a recibir el beneficio, así como de los respectivos consejos municipales de desarrollo, según lo estipula el Decreto 14-2015, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos 2016 (art. 41, párrafo 3).
Esa misma ley obliga a la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP) a verificar la integración y vigencia de los Cocodes, así como a notificar el listado de dichas organizaciones al Ministerio de Finanzas Públicas y a Segeplan (ídem, párrafo 8).
Diez días hábiles después que los Codedes aprueben la reprogramación de obras deben  enviar la documentación al Ministerio de Finanzas Públicas, para que éste lo registre en el Sistema de Gestión. También deberá enviar copia a la SCEP y la Contraloría General de Cuentas (ídem, párrafo 5).
La nueva tarea para la SCEP es importante por las siguientes razones:
§  Hay Cocodes que solo existen como estadística, solo están en los registros de la comuna, pero NO funcionan.
§  Algunos alcaldes han distorsionado el funcionamiento correcto de los Cocodes, manejándolos a su sabor y antojo.
§  Es deseable que  la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia verifique la existencia y funcionamiento real de los Cocodes beneficiarios, constituyéndose en la  sede de los mismos para tomar nota del aval que den a una obra, el cual deberá constar en acta.
§  El manoseo de los Cocodes por parte de los alcaldes municipales llega al extremo de que algunos Cocodes firman solicitudes a favor de terceros, es decir, para comunidades ajenas a su jurisdicción comunitaria.
Cerro El Patán, 8 de febrero de 2016.