Información obligada a gobiernos ediles entrantes
Ernesto Sitamul
LOS AUDITORES INTERNOS de las comunas serán actores fundamentales en el cambio de mando el 15
de enero, según disposición de la Contraloría General de Cuentas (CGC),
contenida en el Acuerdo A-089-2015, emitido el 3 de diciembre de 2015, para
asegurar que la corporación edil entrante disponga de toda la información
administrativa y contable, antes de tomar posesión.
El mencionado
Acuerdo le asigna a la Unidad de Auditoría Interna Municipal 19 tareas de
carácter obligatorio, entre ellas, deberá:
CITAR a los
miembros de la corporación electa, por lo menos, cinco días hábiles antes de la toma de posesión,
así como al alcalde saliente y al Director de la Administración Financiera
Municipal (AFIM), para que participen en la suscripción del acta, en la que se
harán constar los resultados de la participación de la Unidad de Auditoría
Interna.
PRACTICAR corte de
caja y arqueo de valores, y otras operaciones de la contabilidad municipal que
aseguren la certeza y actualización de la información
financiera que se traslada a las autoridades municipales entrantes.
DETERMINAR el
saldo de caja, partiendo del saldo de la última auditoría de la CGC con la
información financiera actual. Si se encontrare alguna anomalía, según su
gravedad, deberá interponerse la denuncia
correspondiente ante el Ministerio Público, dando aviso inmediato a la CGC.
SOLICITAR al
Director de la AFIM la integración del saldo de caja. Verificada
por el Auditor Interno, esta información deberá consignarse en el acta
respectiva.
SOLICITAR la
tarjeta de responsabilidad del alcalde municipal saliente, verificando los bienes a su cargo ante la presencia el
alcalde entrante, quien la firma posterior a la toma de posesión.
ACTA CERTIFICADA A LA CONTRALORÍA
El Acuerdo
A-089-2015, en su artículo 2, obliga al secretario municipal enviar dentro de
los cinco días posteriores a la toma de posesión de las nuevas autoridades, certificación del acta suscrita de toma de posesión y
formulario mínimo de control de información
a la Contraloría General de Cuentas.
El Auditor Interno
Municipal está obligado a velar por el cumplimiento de este Acuerdo, caso
contrario, será sancionado conforme la ley.
Para facilitar el
procedimiento mencionado, la CGC también estableció la GUÍA para la Participación de las Unidades de Auditoría Interna Municipal
en la revisión financiera administrativa,
previo a la toma de posesión de las autoridades
municipales electas.
Finca Sábana
Grande, El Rodeo, Escuintla, 7 de enero de 2016.