Ilegalidades en gobiernos municipales

Comunas no están autorizadas, pero insisten en fijar arbitrios
Ernesto Sitamul

Bajo el disfraz de tasa, varios gobiernos municipales imponen arbitrios a los vecinos, a pesar que la Corte de Constitucionalidad los ha “cachado” en esa práctica ilegal, por lo cual ha emitido sentencias adversas a los acuerdos municipales respectivos, al conocer recursos de inconstitucionalidad, presentados por personas individuales o jurídicas que se consideran afectadas.
El caso más reciente ocurrió con la comuna de Zaragoza, departamento Chimaltenango, que fijó un tributo para los negocios que expenden licor en su territorio, el cual ha sido recurrido en la Corte de Constitucionalidad, luego que el acuerdo municipal correspondiente fuera publicado en el diario oficial.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por el el presidente de la Cámara de Industria de Guatemala, Fernando López (www.lahora.com.gt, 23-09-2014), al considerar que podría haber doble tributación, lo cual es ilegal, o bien el tributo establecido podría configurarse como un arbitrio, que solo el Congreso de la República tiene la facultad de aprobar.
Según el accionante, el acuerdo de la Municipalidad de Zaragoza viola los derechos constitucionales  de propiedad privada y de defensa, al disponer que la Policía Municipal podrá confiscar bienes de los negocios que se sitúen al margen de dicho acuerdo.
Estas travesuras de los gobiernos municipales  han sido recurrentes, pues dolo durante los primeros ocho meses de 2013, el diario oficial publicó 257 planes de tasas municipales, mientras que la Corte de Constitucionalidad suspendió 20 disposiciones de gravámenes municipales, porque eran ilegales, al no estar encuadrados dentro del concepto de tasa municipal (www.prensalibre.com, 02-09-2013).
Una tasa municipal es un pago voluntario que realiza una persona individual o jurídica a cambio de la prestación de un servicio, por ejemplo, el pago por obtener una certificación, o el pago por servicio domiciliar de agua potable; mientras que el arbitrio es  un impuesto a favor de uno o varios municipios, que los afectos deben pagar  sin contraprestación específica de un servicio.
Mi opinión es que persiste una actitud abusiva de quienes detentan el poder municipal, en este caso, debido a la falta de cultura de respeto a las leyes y al Estado de Derecho. Me cuesta pensar que disfrazar un arbitrio como tasa municipal, sea derivado de ignorancia de la ley, más bien creo que los gobiernos municipales quieren burlarse de ella. Y de esa cuenta, las 20 sentencias de la Corte de Constitucionalidad.
La Antigua Guatemala, 23 de septiembre de 2014.