¿inconstitucional cobro edil'

FINANZAS MUNICIPALES SERIAN AFECTADAS.
Protestas en varios municipios por el supuesto desmedido cobro por alumbrado público local, ha provocado la formulación de una iniciativa de ley para fijar un procedimiento de aplicación general para todas las comunas y un acuerdo técnico entre la Comisión Nacional de Energía Eléctrica con la Asociación Nacional de Municipalidades.
En general, hay dos escenarios territoriales en este asunto: i) los municipios donde presta el servicio la Empresa Eléctrica de Guatemala (pertenecen a los departamentos Escuintla, Guatemala y Sacatepéquez), y ii) los municipios donde ese servicio está a cargo de la empresa Energuate (la mayoría de municipios y departamentos).
En primer lugar hay que definir si el cobro mencionado en cada municipio encaja en las características de una tasa municipal o bien de un arbitrio. Para que sea una tasa debe haber una contraprestación a quien se le cobra por un determinado servicio público. Y todo parece indicar que en el caso del cobro por alumbrado público esa característica NO existe. O sea, se trataría de un arbitrio, en cuyo caso, la fijación del mismo constituye una competencia propia del Congreso de la República y no de las corporaciones municipales.
La situación complicada, si tomamos en cuenta una resolución de la Corte de Constitucionalidad ante una acción de inconstitucionalidad que presentara un vecino del municipio Mixco. En este caso, el cobro se hacía bajo la denominación de "contribución" por alumbrado público. Aqui hay dos motivos para la discusión: a) si la contribución es permanente, como en el caso de la municipalidad mixqueña, ésta no tiene la competencia para regularlo, sino que corresponde al Congreso de los Diputados. Asimismo, tampoco se cumple con la característica de la contraprestación al usuario de tal servicio público. Quiere decir que, si el porcentaje que cobran las comunas por concepto de tasa por alumbrado público, no encaja dentro de la definición legal de tasa municipal, y en cambio, tiene la esencia de un arbitrio, dicho cobro devendría inconstitucional.
El debate continua. Por un lado, la ANAM socializa con los gobiernos locales una fórmula para determinar ese cobro y, por otro, diputados de la UNE presentaron una iniciativa de ley, que establece un procedimiento para determinar el porcentaje a cobrar a los usuarios de energía eléctrica en cada municipio del país.