Alcalde fue sentenciado por doble delito
Por
haber cometido los delitos de discriminación y de retención de información
pública, el alcalde de San Cristóbal Totonicapán, Ricardo Valentín Tay
Saquich (Lider), fue condenado a prisión conmutable y otras
sanciones.
DISCRIMINACION
El jefe edil fue condenado a un año de cárcel
conmutable por el delito de discriminación, cometido contra la concejal María Encarnación Alvarado Toc, al
impedirle formar parte de una comisión, por el hecho de ser mujer (emisorasunidas.com.gt, 16-01-2015).
RETENCION
DE INFORMACION
La
otra condena contra Tay Saquich
ocurrió en noviembre pasado, cuando el
Tribunal de Sentencia Penal de Totonicapán lo encontró culpable de haber
cometido el delito de retención de información, por lo cual fue condenado a un
año de prisión conmutable a razón de Q50 diarios, es decir que el funcionario
podía pagar Q18 mil 250 para evitar la prisión. Pero lo más grave es la
sentencia accesoria dictada contra este alcalde, que consiste en inhabilitarlo
para ejercer la función pública y el pago de Q10 mil (elquetzalteco.com.gt,
2011-2014).
De
acuerdo con la Ley de Acceso a la Información Pública (Dto. 57-2008, art. 66)
comete el delito de retención de información, el empleado a funcionario público
responsable de cumplir esta ley, que en forma “arbitraria o injustificada”
obstruya el acceso del interesado a la información requerida, por lo cual podrá
aplicarse la pena de prisión de uno a tres años, con inhabilitación especial
por el doble de la pena impuesta, y multa de 10 mil a 50 mil quetzales. Además,
el condenado estará sujeto a las responsabilidades civiles correspondientes y
los daños y perjuicios que pudiera generar la retención de información.
DERECHOS CIUDADANOS
La
condena por retención de información tiene como sustento la denuncia que
presentó un grupo de vecinos de San Cristóbal, al que el alcalde obstruyó el
acceso a la información relativa a la instalación de una antena de telefonía.
Con base en esa denuncia, el Ministerio Público investigó y llegó a la
conclusión de solicitar a juez competente despojar de su inmunidad al jefe
edil, para poderlo procesar como cualquier ciudadano.
Esta
condena no habría sido posible si los ciudadanos no hubiesen ejercido sus
legítimos derechos. Permanecer indiferentes o “hacerse los locos” ante los
desmanes de los funcionarios públicos, no solo agrava los problemas, sino que
convierte a los ciudadanos en cómplices de prácticas administrativas corruptas
a ilegales.
Y
aunque el alcalde condenado apele las sentencias –porque tiene derecho-, las
acciones legales de la concejal y de los ciudadanos organizados ya sentaron un
precedente, dejando un mensaje claro de que ningún funcionario público es
superior a la ley
Guatemala,
17 de enero de 2015.