Por el imperio de la ley

Alcalde fue sentenciado por doble delito
Por haber cometido los delitos de discriminación y de retención de información pública, el alcalde de San Cristóbal Totonicapán, Ricardo Valentín Tay Saquich (Lider), fue condenado a prisión conmutable y otras sanciones.
DISCRIMINACION
El jefe edil fue condenado a un año de cárcel conmutable por el delito de discriminación, cometido contra la concejal María Encarnación Alvarado Toc, al impedirle formar parte de una comisión, por el hecho de ser mujer (emisorasunidas.com.gt, 16-01-2015).
RETENCION DE INFORMACION
La otra condena contra Tay Saquich ocurrió en noviembre pasado, cuando  el Tribunal de Sentencia Penal de Totonicapán lo encontró culpable de haber cometido el delito de retención de información, por lo cual fue condenado a un año de prisión conmutable a razón de Q50 diarios, es decir que el funcionario podía pagar Q18 mil 250 para evitar la prisión. Pero lo más grave es la sentencia accesoria dictada contra este alcalde, que consiste en inhabilitarlo para ejercer la función pública y el pago de Q10 mil (elquetzalteco.com.gt, 2011-2014).
            De acuerdo con la Ley de Acceso a la Información Pública (Dto. 57-2008, art. 66) comete el delito de retención de información, el empleado a funcionario público responsable de cumplir esta ley, que en forma “arbitraria o injustificada” obstruya el acceso del interesado a la información requerida, por lo cual podrá aplicarse la pena de prisión de uno a tres años, con inhabilitación especial por el doble de la pena impuesta, y multa de 10 mil a 50 mil quetzales. Además, el condenado estará sujeto a las responsabilidades civiles correspondientes y los daños y perjuicios que pudiera generar la retención de información.
DERECHOS CIUDADANOS
La condena por retención de información tiene como sustento la denuncia que presentó un grupo de vecinos de San Cristóbal, al que el alcalde obstruyó el acceso a la información relativa a la instalación de una antena de telefonía. Con base en esa denuncia, el Ministerio Público investigó y llegó a la conclusión de solicitar a juez competente despojar de su inmunidad al jefe edil, para poderlo procesar como cualquier ciudadano.
Esta condena no habría sido posible si los ciudadanos no hubiesen ejercido sus legítimos derechos. Permanecer indiferentes o “hacerse los locos” ante los desmanes de los funcionarios públicos, no solo agrava los problemas, sino que convierte a los ciudadanos en cómplices de prácticas administrativas corruptas a ilegales.
Y aunque el alcalde condenado apele las sentencias –porque tiene derecho-, las acciones legales de la concejal y de los ciudadanos organizados ya sentaron un precedente, dejando un mensaje claro de que ningún funcionario público es superior a la ley 
Guatemala, 17 de enero de 2015.