Desafíos para las comunas

De los ingresos municipales y la rendición de cuentas
Por: Ernesto Sitamul
Las finanzas del 90% de los 334 municipios dependen de las transferencias[1], como el 10% constitucional, el Iva-Paz, el Impuesto sobre Circulación de Vehículos y el impuesto a las gasolinas, es decir que el menor porcentaje de los presupuestos municipales corresponde a ingresos propios.
Estos ingresos pueden obtenerse por medio de (i) tasas municipales, (ii) arbitrios, (iii) impuestos, (iv) contribución por mejoras y (v) contribuciones especiales. Pocos gobiernos ediles se atreven a mejorar sus ingresos propios, con base en tasas por servicios públicos municipales, porque son medidas políticamente incorrectas. Impopulares para los alcaldes que pretenden reelegirse.
Las tasas son cobros no tributarios, que aprueban las corporaciones municipales. Ejemplos: tasa o canon de agua y tasa por certificaciones. Los arbitrios solo pueden ser aprobados y modificados por el Congreso de la República, siendo su referencia más cercana el decreto aprobado en 1991. En materia de impuestos municipales, solo existe el Impuesto Único sobre Inmuebles (Iusi), que actualmente lo cobran unas 285 municipalidades, mediante convenio con el Ministerio de Finanzas Públicas. En resumen, tasas, arbitrios e impuestos municipales, son las vías saludables para fortalecer las finanzas municipales.
La solidez de las finanzas del municipio es afectada por el subsidio que la mayoría de corporaciones municipales debe dar a servicios públicos locales, como el suministro de agua potable. El costo de producir agua potable es elevado con respecto a la tasa que se cobra en la actualidad. Por ejemplo, el municipio Ciudad Vieja, departamento Sacatepéquez, cobra por canon de agua Q.10 mensuales, pero la municipalidad debe gastar aproximadamente Q.4 millones anuales para mantener esa tarifa. Algunas comunas han tomado decisiones de castigar el exceso por consumo de agua potable, para tratar de compensar este desequilibrio económico. El monto de esta tasa varía en cada municipalidad. Por ejemplo: la Municipalidad de Antigua Guatemala cobra canon de agua mensual Q.40 (en el centro histórico), Pastores, Q.12; Ciudad Vieja, Q.10, y Jocotenango, Q.5 (en servicios de la Calle Real).
Por su lado, la Secretaria de SEGEPLAN, Ekaterina Parilla[2], confirmó que la insuficiencia de recursos financieros en las municipalidades alcanza niveles crónicos.
La rendición de cuentas: cuentas pendientes
La Constitución Política de la República[3] establece que los actos de los organismos del Estado, incluyendo municipalidades, son públicos; por tanto, accesibles a los ciudadanos, salvo las excepciones que marca la propia carta magna y la Ley de Acceso a la Información Pública[4]. Las entidades públicas tienen dos formas de rendir cuentas: a los órganos de control, como la Contraloría General de Cuentas, y a las organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos en general. Para la segunda modalidad, el Código Municipal[5] desarrolla la norma constitucional referida, y de manera precisa dispone en el artículo 135, que cada CUATRO meses, las corporaciones municipales deberán informar al Consejo Municipal de Desarrollo (Comude) sobre la ejecución de ingresos y egresos del presupuesto municipal. Asimismo, que dicha información estará disponible para los ciudadanos en general, por medio de los alcaldes auxiliares o comunitarios.  Y donde no los haya, deben ser los consejos comunitarios de desarrollo los encargados de socializar dicha información. Las comunas deben contar con páginas de internet y otras formas de comunicación para dar a conocer a la población sus actividades.
La Ley de Acceso a la Información Pública contiene 29 tipos de información pública de oficio que las instituciones públicas deben subir a sus páginas de internet, y que están obligadas a facilitar a los ciudadanos u organizaciones que lo soliciten.
Conclusiones
Las finanzas municipales son dependientes de las transferencias gubernamentales, por tanto las corporaciones deben ser creativas para elevar sus ingresos propios, por la vía de actualizar tasas y/o fijar nuevas, así como establecer la contribución por mejoras en algunas obras.
También es urgente que el Congreso de la República apruebe un nuevo Código Tributario Municipal, para actualizar los arbitrios a la realidad actual y dar certeza jurídica a este tributo.
Los gobiernos ediles generalmente no informan periódicamente a la ciudadanía sobre sus ingresos y egresos, lo que genera dudas, sospechas y “bolas” entre la población.
Si hubiera rendición de cuentas, la ciudadanía podría ser más comprensiva y receptiva al incremento de tasas por servicios públicos municipales.
Más recursos económicos, rendición de cuentas, probidad y calidad del gasto, son factores que contribuyen a la gobernabilidad local.

[1] Ranking de la Gestión Municipal Integral, Sostenibilidad Financiera y Gobernabilidad en Guatemala, año 2010.
[2] Durante el acto de lanzamiento de la política pública de fortalecimiento a municipalidades, el 19 de agosto de 2013. www.segeplan.gob.gt
[3] Artículo 30
[4] Decreto 57-2008 del Congreso de la República
[5] Decreto 12-2002, arts. 62, 64 y 135, especialmente.
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Aporte al conversatorio “Los Desafíos del Municipio”, Asíes, 22 de agosto de 2013.