Abusos de alcaldes

Reelección de alcaldes y conflictos
Ernesto Sitamul
Las elecciones generales del 6 de septiembre transcurrieron sin mayores conflictos sociales hasta que se dieron a conocer los resultados de las elecciones municipales, salvo algunos casos donde las protestas se hicieron sentir en plenos escrutinios, teniendo como motivo la comisión de varios delitos electorales que supuestamente permitieron la reelección de alcaldes.

El desenlace ha sido negativo, porque las protestas de partidos perdedores -y otros sujetos que han aprovechado las circunstancias- se han desbordado, generando tensión y caos, luto y pérdidas materiales, así como agentes de la Policía Nacional Civil heridos con armas de fuego y captura de varios individuos aparentemente involucrados en hechos delictivos.
Esta violencia post electoral trae a primer plano la importancia de introducir reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos para evitar la reelección indefinida de alcaldes y fijar una o dos veces la reelección, pero en forma alterna, para eliminar las tentaciones del poder municipal en favor de quienes se aprovechan del cargo para presionar o coaccionar a los empleados municipales para que le den su voto.
La violencia electoral en la mayoría de municipios está íntimamente vinculada con la reelección de alcaldes, no importando si pertenecen al partido oficial o a los opositores. Lo que marca a los reelectos es la acusación de los vecinos, de que han cometido delitos electorales como el de coacción al elector. La comisión de este delito se castiga con prisión de dos a ocho años[1]. Los alcaldes también realizan una especie de campaña anticipada por medio de anuncios publicitarios de la comuna, donde se destaca el nombre del alcalde en lugar de la institución. Los jefes ediles también violan la Ley Electoral y de Partidos Políticos cuando publicitan las obras locales después de la convocatoria a elecciones generales.
Los desmanes de alcaldes reelectos
Obligar a los empleados municipales a participar en las caminatas y actos proselitistas, exigirles regalos para dar a quienes asistían a las reuniones políticas; obligarlos a conseguir un número determinado de afiliados a la campaña (fotocopias del DPI); condicionar a los empleados municipales que si no participaban serían despedidos.
El día de las elecciones, a los empleados municipales y los “simpatizantes” que fueron afiliados se les vigilaba que llegaran a votar y también se les exigía que presentaran la constancia de haber votado a una persona designada por el candidato.
En campaña electoral, especialmente los alcaldes-candidatos regalaron diversos productos como celulares, estufas, materiales de construcción y bolsas con productos de la canasta básica. El extremo fue que algunos candidatos a la reelección ofrecieron terrenos y oros cheques o vales por algún producto, pero solo podían cambiarlo el día siguiente de las elecciones.
Por supuesto, esos cheques o vales solo son efectivos si el alcalde-candidato gana la reelección.
Zorzoyá, 12 de septiembre de 2015.




[1] Código Penal, Decreto 17-73 y sus modificaciones, art. 407 “C”, Librería Jurídica, Guatemala, 2014.