Garantía en datos de residencia

RENAP exigirá recibos de luz o agua para tramitar DPI
A finales de 2013, el Registro Nacional de las Personas, RENAP, dispuso exigir los recibos de energía eléctrica o de agua, para el trámite del Documento Personal de Identificación (DPI), o bien para su renovación. Con esta disposición se podrá identificar con exactitud la ubicación domiciliar de los solicitantes.
El conferencista independiente en asuntos legales, Luis Fernando Monroy Cobar,  comentó que  la disposición del RENAP servirá para determinar la vecindad del ciudadano, tal como lo regula el artículo 41 del Código Civil, Decreto Ley 106, en el que se establece que la Vecindad es la circunscripción municipal en que una persona reside, y se rige por las mismas leyes que el domicilio.
También el Código Municipal en sus artículos 12, 13 y 14 explican la vecindad y la calidad de vecino.
La determinación cierta de la residencia de los ciudadanos es relevante para el caso del padrón electoral, pues de conformidad con la ley constitucional de la materia, el padrón deberá tener como base la residencia electoral de los ciudadanos. Pero esta figura legal ha sido mal utilizada por dirigentes políticos y ciudadanos, afectando la certeza y pureza de las elecciones para cargos municipales.
Mientras se logra reformar la Ley Electoral y de Partidos Políticos, el Tribunal Supremo Electoral puede mejorar la norma reglamentaria, para evitar el uso indebido de la actualización de la residencia electoral. Y para ello, puede hacer acopio de la disposición del RENAP, exigiendo recibo de energía eléctrica o de agua potable a todo ciudadano que se inscriba en el padrón electoral o que actualice sus datos de residencia electoral. Con esto se puede contrarrestar la manipulación en los datos de residencia electoral, no obstante que los ciudadanos proporcionan esa información bajo juramento.