Concejales suplentes sustituyen a cualquier concejal titular


Termina una era en la comuna capitalina
Ernesto Sitamul

La repentina muerte del alcalde capitalino Álvaro Arzú Irigoyen (27-04-2018) constituye el final de una etapa en la política nacional[1] y especialmente en el municipio de Guatemala, donde fue cinco veces alcalde, con un estilo particular, autoritario, arrogante, poco amigable con los medios de comunicación y con los sindicatos; con sesiones a puertas cerradas, en contra de lo que manda el Código Municipal, y falta de rendición de cuentas a las organizaciones de la sociedad civil. Le sustituye en el cargo, el concejal primero, Ricardo Quiñonez -del mismo partido político-quien ya presidió la primera sesión el pasado lunes 30 de abril.

Esta situación obliga a un procedimiento interno de corrimiento de las 10 concejalías, conforme al Artículo 206 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Lepp), cuando se produce ausencia temporal o definitiva del funcionario electo. No obstante, la municipalidad habría de realizar una consulta ante el Tribunal Supremo Electoral, según publicó elPeriódico en su edición del domingo 29 de abril.
El referido Artículo 206 establece que: “Los concejales titulares, en su orden, sustituyen al alcalde en ausencia temporal o definitiva de éste”. Y en otro párrafo posterior preceptúa que: “Al producirse la vacante, los concejales titulares deberán correrse en su orden de adjudicación, a efecto de que el suplente asuma en cada caso, la última concejalía”
Dicha consulta tendría como argumento que el actual concejal II, José Gustavo Barrios, desempeña el cargo de forma temporal, porque (supuestamente) es el suplente de Víctor Martínez[2], quien cuenta con un permiso para fungir como viceministro de Finanzas Públicas, desde 2016. El Secretario Municipal debe saber el procedimiento legal, o la nota periodística referida es imprecisa, o está mal redactada, pues los síndicos y concejales no tienen suplentes específicos. Los suplentes sustituyen la vacante (temporal o definitiva), sin importar la posición del síndico o concejal titular. Traducido lo anterior, significa que Barrios es actualmente el concejal X y no el II.
Hay otro suplente en funciones de titular. Se trata de Kevin Aldana, concejal X, quien ocupa el cargo dejado por Anajoyce Oliva, quien renunció en 2016, siendo concejal VII. La lista de concejales suplentes tiene un orden; en este caso del I al IV, y en ese orden son llamados por el pleno del concejo para sustituir a cualquier concejal titular
El concejo capitalino se compone de un alcalde, 10 concejales y tres síndicos titulares; cuatro concejales y un síndico suplentes.
Guatemala, 1 de mayo de 2018.


[1] Presidente de la República, período 1996-2000.
[2] La nota es confusa, porque indica que Martínez, el concejal titular II, se desempeña como viceministro de Finanzas desde 2016, y que pidió permiso al concejo municipal por seis meses, a principios de 2018.